lunes, 28 de noviembre de 2016

Paella Valenciana

                                Paella Valenciana  

                   

Ingredientes:
  • Arroz
  • Cuartos de pollo o Conejo (troceados)
  • Garrofón
  • Judías Verdes
  • Romero
Para el Sofrito:
  • Cebolla
  • Tomate Natural
  • Aceite

Aprendiendo

1.- Cinco cosas de FOL que has aprendido hasta ahora (sin mirar en ninguna parte, las cinco cosas que recuerdes a bote pronto, y explícalas).

1. Aplicaciones: Se podrían definir como aquellos derechos a los que podemos recurrir a la hora de llegar a un acuerdo entre trabajador y empresario beneficiando en la mayoría en los casos al trabajador. Pueden ser principio de jerarquía principio de la norma mínima, principio de la condición mas beneficiosa, principio de norma mas favorable, principio de irrenunciabilidad de derechos, principio de"indubio pro operario"

2. Poder directivo y vigilancia: Es el poder para ordenar instrucciones a los empleados, siempre y cuando no atente contra la vida privada o dignidad de dicho trabajador. Tenemos diferentes formas de vigilancia: registros, por cámaras, por correo electrónico y uso de ordenadores y sanitaria.

3. Nominas: Es la forma de reflejar el salario mensual de dichos empleados, desglosando pagas, pluses, horas extras...

4. Derechos y Deberes: Son las normas mínimas a las que podemos recurrir como trabajadores y empresarios.

5. Fuentes: Son las normas que se tienen que aplicar en la relación laboral y su orden jerárquico a la hora de aplicar dichas normas son: normativa de la UE, constitución española, tratos internacionales, leyes, reglamentos, convenios colectivos, contratos de trabajo y usos y costumbres. 


2..- ¿De qué va el módulo de FOL?¿Para qué sirve lo que que has aprendido? Cuéntamelo con una redacción de al menos quince líneas.


3.-Dime un libro, una película y una canción que tengan relación con lo que has aprendido hasta ahora. ¿Dónde puedo encontrarlos (preferiblemente gratis)?

4.- Hazme un pequeño relato (una página de word) sobre la vida laboral de un trabajador de la Hostelería o el turismo.

domingo, 27 de noviembre de 2016

Deberes y Derechos

1.- En el Estatuto de los Trabajadores tienes un artículo en el que se da una lista de los derechos de los trabajadores en la relación laboral:
Búscalos y enumerarlos.
¿Qué significa el "derecho a la ocupación efectiva"?, ¿tiene algo que ver con el "mobbing" (busca qué es eso)? ¿y el "derecho a las acciones" en el Derecho Laboral?, ¿qué es la "garantía de indemnidad del trabajador en la relación laboral" y qué tiene que ver con el "derecho a las acciones"?.




Derecho a la ocupación efectiva El trabajador no sólo tiene la obligación de trabajar; tiene también "el derecho" al trabajo, lo que se traduce en la correspondiente obligación del empresario de proporcionarle la actividad comprometida. 


Mobbing son una serie de comportamientos y conductas abusivas dirigidas a degradar psicológicamente a un trabajador, minándole la autoestima y la moral, mediante un hostigamiento y una situación de violencia psicológica continuada


las acciones colectivas son una herramienta jurídica usada para proteger el derecho que tiene un grupo de personas contra uno o varios proveedores que vulneren sus derechos, la sentencia será para todo el grupo en su conjunto. 


La garantía o principio de indemnidad consiste genéricamente en que, del ejercicio de la acción judicial o de los actos preparatorios o previos a ésta, no pueden seguirse consecuencias perjudiciales en el ámbito de las relaciones públicas o privadas para la persona que los protagoniza.

En el ámbito de las relaciones laborales, la garantía de indemnidad se traduce en la imposibilidad de adoptar medidas de represalia derivadas de las actuaciones del trabajador encaminadas a obtener judicial o extrajudicialmente la tutela de sus derechos.

Esto quiere decir que cuando quieres ejercer el derecho de acciones por la garantía o principio de indemnidad dichos empresarios no te pueden despedir acogiéndote a este derecho.



2.-Tu jefe te ha discriminado, dándote menos salario por tu raza, sexo u orientación sexual, ¿qué puedes hacer?, ¿quién tiene que probar la discriminación y cómo se puede probar? Busca alguna sentencia o caso famoso sobre discriminación en el trabajo.

Los derechos laborales individuales estipulan el derecho de igualdad y a la no discriminación. Por ello en caso de no recibir el mismo salario por trabajo de igual valor se deberán tomar medidas tanto por parte de empresario y por parte de otros trabajadores. 







3.- Tu jefe te ordena que vayas al trabajo (de administrativo de cara al público) vestido todos los días de payaso. ¿Va eso en contra de alguno de tus derechos?


Este tipo de casos estaría atentando contra la dignidad de dicha persona.


Aquí os dejamos uno de los muchos ejemplos de la actualidad.

Tacones y corbata por contrato


4.- Has cometido una falta muy grave, y el jefe lo sabe desde ese mismo día. Se espera dos meses para sancionarte con el despido por ello, ¿puede hacerlo?. Busca cuáles son las faltas leves, graves y muy graves en tu convenio, y por cuales podrías ser despedida.


Si, el empresario tiene derecho por ley a sancionar a cualquiera de sus empleados hasta 60 días después de haber cometido la falta grave.


En el siguiente enlace están descritas las faltas y las sanciones por dichas faltas, según el convenio de Hostelería

Faltas leves, graves, muy graves


Tal y como explica en el enlace anterior, sólo se procederá al despido en caso de ser una o varias faltas muy graves. Por ejemplo por haber faltado tres días al trabajo sin justificar la ausencia del mismo, acoso moral en el entorno laboral...

5.- Enumera los deberes del trabajador en la relación laboral, según el artículo 5 del Estatuto y explica en que consiste cada uno de ellos.



Los trabajadores tienen como deberes básicos:
1) Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
2) Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
3) Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
4) No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
5) Contribuir a la mejora de la productividad.
6) Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de los respectivos contratos de trabajo.

lunes, 14 de noviembre de 2016

Pierogi

PIEROGI - EMPANADILLAS POLACAS




Este es el plato muy típico polaco. Los PIEROGI es una especie de pasta fresca con diferentes rellenos. Hoy en día existen tantos rellenos, que no puedo mencionarlos todos. Solo os diré que se puede hacer el relleno salado o dulce. Los mas habituales son el relleno de queso(dulce o salado), de repollo o chucrut, de carne y de fruta (de fresas o arándanos). Los rellenos de fruta se acompaña con nata fresca y azúcar pon encima. Los PIEROGI de fruta están riquísimos y le encantan a los niños. A mi personalmente también. Pero hoy os daré la receta de PIEROGI RUSKIE, porque son los mas famosos. Antes solo decir que la masa se puede hacer de 2 maneras. Puede llevar huevo o no, aunque yo siempre la hago sin huevo. Esto no significa que es mejor, simplemente tuve una mala experiencia cuando hice mis primeros PIEROGI hace años. Os lo contare para reír un poco. Quise hacer los pierogi con fruta para mi hijo pequeño entonces. Llame a mi madre para que me diga como se hace. Me dio la receta que lleva como mucho un huevo, pero como yo quería que salgan mas ricas, le añadí a la masa 3 huevos en vez de uno. Y claro, los PIEROGI salieron tan duros que eran incomestibles. En fin, desde entonces hago la masa siempre sin huevo.

INGREDIENTES:

ingredientes de masa
250 g de  agua tibia
4 cucharas de aceite
1 pizca de sal
560 g de harina

opcional 1 huevo

ingredientes de relleno
500 g de patatas cocidas (pueden ser del día anterior)
500 g de queso quark
1 cebolla
aceite para freír
sal y pimienta negra
opcional 2 cucharas de sémola de trigo

PREPARACIÓN:
Si las patatas cocemos el mismo día, hay que enfriarlas por completo. Luego hay que  pasarlas por el pasapurés o chino. Mejor no usar para eso la batidora. Pelar y cortar la cebolla y a continuación freírla hasta que esté muy dorada, pero sin quemar. En un bol añadir nuestro puré de patatas, el queso y la cebolla junto con el aceite donde la freímos. Salpimentar a gusto (debe ser bastante picante) y mezclar bien. Si vamos a usar la sémola, hay que añadirla también ahora. Ya tenemos el relleno. 
Ahora la masa. En una superficie lisa ponemos la harina, hacemos un hueco dentro y ponemos el aceite y la sal (y huevo si queremos). Vamos añadiendo poco a poco el agua y trabajamos la masa. La masa debe ser muy elástica y no pegarse a las manos. Por eso a veces no se usa todo el agua o hay que añadir mas. Depende de calidad de la harina. Formamos la masa en una bola y la dividimos en 2 o 3 partes. Espolvoreamos la superficie donde vamos a trabajar. Cogemos un trozo de masa y con un rodillo la estiramos hasta que sea muy fina. Con un vaso cortamos círculos (se puede usar la forma para hacer las empanadillas) y en cada circulo ponemos una cuchara del relleno. Lo doblamos y pegamos bien con dedos o con ayuda de un tenedor. Hay que tapar los PIEROGI crudos con un trapo limpio de cocina para que no se secan mientras acabamos hacerlos todos.